Carta a la Relatora

Carta a la Relatora de Naciones Unidas sobre el derecho de reunión

Este escrito, de nuestra ACAT, responde a la demanda de la Relatora sobre cuál es la situación del Derecho de reunión en los diferentes países. Nos ha llegado vía FIACAT, que como sabéis tiene estatuto consultivo ante Naciones Unidas.

En los puntos 1 y 2, veréis que la Alta Justicia española actúa, a nuestro entender, como un ariete del Estado español, torpedeando el derecho de reunión, ya que sus decisiones no hacen otra cosa que dar miedo a cualquier reunión o manifestación, pero en el punto 2, es aún más grave porque las impide de raíz.

En el punto 3, una manifestación justa y pacífica, se convierte en una multa desproporcionada que persigue el mismo objetivo: desalentar el derecho de manifestación.

Después de la imagen del escrito vereis una traducción del texto

A continuación, traducimos el texto del escrito:

Permítanme, Señora Relatora Especial de las Naciones Unidas sobre los derechos de la libertad de reunión pacífica y de asociación, que os hable de los hechos que tienen lugar en España en los últimos tiempos, y que constituyen un ataque contra la libertad de manifestación pacífica.

Le responderé con los relatos de hechos concretos, que, sin embargo, responderán a la mayoría de los puntos de su cuestionario. Constatará Señora, que el Estado español reprime el derecho de reunión con la ayuda del ariete de la Alta Judicatura.

Aquí tiene 3 ejemplos representativos:

1) TSUNAMI DEMOCRÀTIC (TD)

Fue una multitudinaria manifestación pacífica en el aeropuerto de Barcelona, convocada por parte de la Sociedad Civil Catalana, el 14-10-2019, como respuesta ciudadana a la sentencia del 14 de octubre de 2019 del Tribunal Supremo que incluyó duras sentencias contra 9 líderes independentistas catalanes, políticos y sociales. Varias organizaciones internacionales de derechos humanos, entre ellas la

FIACAT, (ver declaración adjunta) condenaron la sentencia considerada demasiado grave, sobre todo porque los líderes condenados nunca practicaron, defendieron o toleraron la violencia.

Este TD, una manifestación pacífica considerada como «desobediencia civil no violenta» fue retomada por el magistrado García Castellón de la Audiencia Nacional, que quiere perseguir a sus líderes a través de la Ley Antiterrorista, en ausencia total de armas y de violencia. Tenemos en estos momentos, por estos hechos, a 7 exiliados en Suiza, entre ellos a los 12 acusados.

Este panorama forma parte de la Ley de Amnistía, que finalmente fue votada el 30 de mayo por el Congreso de los Diputados, y algunos jueces de la Alta Judicatura española, como García Castellón, quieren impedir su desarrollo a cualquier precio, siguiendo las órdenes de la derecha y la extrema derecha españolas.

2) LA REPRESIÓN A LOS ISLAMISTAS

Aquí tenemos un aspecto particular de la Alta Judicatura española que se añade al de sus intervenciones en la Ley de Amnistía, actualmente aprobada por la Asamblea del Congreso de Diputados de España. Por casualidad, descubrí un libro titulado: «Acusados de terrorismo yihadista en prisión preventiva: una historia de automatismo, exceso y disfunción», a cargo de José Núñez Fernández, editorial:

Dykinson S.L. ISBN: 978-84-1170-252-2.

El autor es catedrático de Derecho Penal en la UNED (Universidad Nacional de Educación Superior a Distancia). El título de este libro es muy explícito y revela su contenido. El autor, jurista, ha podido acceder a las sentencias de dos tribunales superiores españoles: la Audiencia Nacional y el Tribunal Supremo, pronunciadas durante un período de 22 años, entre el 1 de enero 2001 y 31 de diciembre de 2022, con que pudo estudiar 155 diligencias judiciales. Resulta que sólo dos de las 155 contenían elementos de naturaleza violenta. Las 153 restantes no contenían ninguna evidencia de violencia. Estos 153 procedimientos judiciales, en los que se acusa a 432 personas, han dado lugar a penas de prisión preventiva arbitraria y, en algunos casos los detenidos se enfrentan a más de 3 años de cárcel ya un régimen de aislamiento de más de 20 horas al día.

Se trata, en efecto, de un abuso de prisión arbitraria, cuyos islamistas son el objetivo, y es posible gracias a la existencia en España de leyes extremadamente sometidas a interpretaciones arbitrarias y poco concretas, a partir de las cuales los jueces pueden expresar sus ideologías.

ACAT España-Catalunya también está en contacto con uno de estos presos, Luis-José Galán, condenado a ocho años de aislamiento en prisión de Murcia-2. Según un abogado especializado en esta área, este sistema permite a los jueces cerrar a los islamistas y evitar así cualquier eventual proselitismo dado que el acceso al ordenador les está prohibido. Una forma fácil de privarlos de su derecho de reunión.

3) PROTESTA EN CANARIAS

El 19 de julio de 2021, un grupo de activistas canarios organizó un acto de protesta pacífica y no violenta ante la sede de FRONTEX en Las Palmas de Gran Canaria con el objetivo de denunciar las políticas de control fronterizo que han causado miles de asesinados en la frontera y haciendo así que la ruta de las islas Canarias sea la más mortífera del mundo.

Durante este acto de protesta hubo una lectura de un comunicado defendiendo la abolición de esa agencia armada fronteriza y costera. Como muestra de protesta, los organizadores tiraron estiércol sobre una alfombra, luego se quitaron y todo quedó limpio. El acto sólo duró unos veinte minutos.

Tras este acto de protesta, la administración española concluyó el 13 de enero de 2024, con una multa de 6.100 euros. Obviamente, los organizadores lo consideran como una multa desproporcionada y destinada a negar o desincentivar el derecho de reunión y manifestación.

Emili Chalaux, presidente de ACAT España-Catalunya

Barcelona, 3 de junio de 2024