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DETENCIONES PREVENTIVAS

Una de las actividades importantes de ACAT es proponer a los socios y simpatizantes la firma de llamados sobre casos de tortura en general. Pero, como sabéis, una parte de estos llamados se refiere también a casos de detención preventiva arbitraria basada en delitos imaginarios o inventados.

El mes de noviembre de 2017, firmamos un llamado para defender Germain Rukuki, antiguo dirigente del ACAT-Burundi detenido por su defensa de los Derechos Humanos y juzgado cuando ya llevaba años en prisión preventiva. Al final los jueces de Burundi lo condenaron a 32 años de prisión.

En enero de 2018 firmamos el llamamiento para defender Salay Hammouri, defensor de los Derechos Humanos franco-palestino, detenido arbitrariamente, en base a informaciones secretas, en Israel desde el 23 de agosto de 2017. Según los palestinos, Israel utiliza la prisión para controlar y escarmentar la población palestina.

En julio de 2018, firmamos el llamado a favor de Mohamed Cheikh Ould Mkaïtir, blogger mauritano, detenido en prisión preventiva y acusado de haber colgado en su blog un artículo con el título “La religión, la religiosidad y los chatarreros”. En este artículo criticaba la pasividad de la jerarquía islámica en no oponerse a la esclavitud y las prácticas discriminatorias hacia la casta de los chatarreros a la que él pertenece.

He aquí algunos ejemplos de prisiones preventivas arbitrarias.

Ahora nos encontramos, en nuestro país, con nueve casos de prisión preventiva (cuatro de los cuales, en octubre, harán ya dos años) debida a un delito de rebelión, que pronto sabremos si ha existido o ha estado imaginario. ACAT lógicamente también ha hecho acciones para defender estos presos.

El abogado Ben Emmerson, que tiene 25 años de experiencia en Derecho Penal Internacional, y ha estado “Relator especial de Naciones Unidas por los Derechos Humanos y contra el Terrorismo” entre el 2011 y el 2017, conoce muy bien la materia relativa al título de este editorial. Este prestigioso abogado llevó, en febrero de 2018, al Grupo de trabajo de Naciones Unidas sobre Detenciones arbitrarias, el caso de los nueve prisioneros catalanes mantenidos en prisión preventiva. Las conclusiones del Grupo de trabajo han sido las siguientes:

– La privación de libertad de los dirigentes catalanes es arbitraria y contradice varios artículos de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y del Pacto Internacional relativo a los Derechos Civiles y Políticos.

– Por lo tanto, los dirigentes catalanes en prisión preventiva tienen que ser inmediatamente puestos en libertad; tienen derecho a una indemnización y a una reparación de acuerdo con el Derecho Internacional.

– El gobierno español tiene que hacer una investigación exhaustiva e independiente contra los responsables de la violación de los derechos en cuestión.

Sorprende a muchos organismos internacionales la manera en que el gobierno español ha reaccionado en contra del Comité de Naciones Unidas. No podemos olvidar que el Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo reconoce la autoridad del grupo de expertos de la ONU sobre Detenciones arbitrarias, el cual en los tres últimos años ha hecho liberar dos prisioneros, uno en Francia (Ablyazov) y el otro en Polònia (Piskorki), sometidos también a un trato de prisión preventiva juzgado arbitrario por el Comité

de Naciones Unidas.

Emili Chalaux i Ferrer, presidente de ACAT